Desafíos de los derechos indígenas en Venezuela en otro día de la resistencia





Vladimir Aguilar
Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas
Universidad de Los Andes

 Asistimos a otro 12 de octubre en medio de un panorama incierto para los derechos indígenas. A continuación, pasamos a enumerar un conjunto de desafíos para los derechos indígenas en los próximos tiempos. 

1. Derechos territoriales, planes de vida y autodemarcación. 

2. Sinergias entre resiliencia al cambio climático y su correspondencia con los derechos indígenas. 

3. Libre determinación, instituciones propias y Jurisdicción Especial indígena: las instancias indígenas de toma de decisiones y de cogestión territorial.

4. Los conocimientos indígenas asociados a la biodiversidad.

 5. Algunos casos indígenas pendientes. Lo anterior, apenas constituyen algunos aspectos vinculados a las principales demandas de los pueblos indígenas del país. Su articulación y vinculación es tarea esencial de las organizaciones de base indígena en coordinación con las instituciones del Estado. 

El derecho al territorio constituye un elemento necesario para consensuar la autodemarcación con la demarcación, como derechos establecidos constitucionalmente. Así tendríamos un conjunto de fundamentos jurídicos y políticos que permitirían convertir la autodemarcación en demarcación, a saber:

- Los aspectos políticos de la conversión (del reconocimiento al ejercicio de derechos): el Estado social de derecho reconocido constitucionalmente.

- Los aspectos jurídicos de la conversión (del ejercicio a la materialización territorial de derechos): la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas; el Convenio 169 de la OIT; la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV); la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) y la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (LDGHTPCI).

Un criterio fundamental que anticipa la autodemarcación territorial de los pueblos y comunidades indígenas, y afirma la mayor representación de sus derechos, es la necesidad de mostrar visualmente la distribución espacial de información antropológica sobre dichos pueblos con fines de planificación social, siendo este aspecto la etnocartografia cultural o mapas mentales, lo cual puede ser recogido en una sentencia o decisión de la Jurisdicción Especial Indígena para, mediante un diálogo jurídico intercultural con el Estado, la misma pueda ser reconocida (ver punto 3).

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